Escaparates.
Como ya sabemos, la seguridad en las lidias taurinas de las Fiestas de San Juan en Coria alcanzan cada año un mejor nivel. Este año 2022, de momento, hemos podido ver tres nuevas puertas de seguridad en el interior del coso taurino (que es todo el Casco Histórico), que se activan en función del protocolo aplicable diseñado en los Planes de Emergencia y Evacuación (PEE), que llevan varias décadas en uso.
Tablado de La Cava. Tablado de la Plaza de la Catedral. Tablado de la Plazade San Pedro.
El lunes, 16 de mayo de 2022, comenzó la instalación del tablado de la Plaza de la Caba (de la Cava): es el primer eslabón de una larguísima cadena compuesta por postes, vallas, puertas, travesaños, chapas, tornillos, tuercas, pasadores, llaves inglesas, martillos, un camión con una grúa, quizás otro camión, sus hábiles conductores, y, claro, la cuadrilla de trabajadores, con su experto capataz al frente.
Pronto comenzarán los electricistas de EMDECORIA a poner focos, cables, altavoces, ¿cámaras?
El servicio de obras ha reparado cualquier irregularidad en el pavimento, además de añadir varios hidrantes a los ya señalizados (identificados con tapas metálicas rojas en el pavimento).
Un mes de trabajo para que todo discurra por su cauce lógico... que se convertirá en impredecible en cuanto el ganado bravo asome por aquélla esquina, donde estuvo la Ermita de Los Mártires.
Pero cualquier percance, esperable por este tipo de festejo, no pondrá en duda ni por un momento que la seguridad activa y pasiva de los Festejos Taurinos Tradicional del Toro de San Juan de la Ciudad de Coria (o sea, los Sanjuanes) es la mejor de España, fruto de varias décadas de mejoras y de la experiencia (muchas veces dolorosa) acumulada.
TABLADO DE LA CAVA
IMÁGENES DEL 18 DE MAYO DE 2022
IMÁGENES DEL 17 DE MAYO DE 2022
TABLADO DE LA PLAZA DE LA CATEDRAL
IMÁGENES DEL 22 DE MAYO DE 2022
TABLADO DE LA PLAZA DE SAN PEDRO
IMÁGENES DEL DE MAYO DE 2022
SAN JUAN 2022 (publicado: 16-05-2022)
- Servicio higiénico (WC) y
- Barrotes metálicos en las puertas de acceso al edificio conformes con lo
dispuesto en el artículo 50 de la Ordenanza Reguladora de los Festejos
Taurinos Tradicionales de las Fiestas de San Juan de Coria, en las Peñas
situadas dentro de los recintos taurinos.
- Adjuntar fotocopias de los DNI.
Contratación de
suministro eléctrico
- presentación del certificado de
Instalación eléctrica en vigor firmado por un instalador autorizado y
sellado por Industria, quedando terminantemente prohibido, por el
peligro de incendio que conlleva y por estar prohibido por la
reglamentación vigente, que a la instalación receptora enganchada se
conecten otras.
- Para obtener suministro
eléctrico, deberán formalizar un contrato con una comercializadora de
energía eléctrica, siendo necesario presentar una solicitud de
suministro a la distribuidora (EMDECORIA S.L.U.), para aquellos casos en
los que no hayan tenido suministro eléctrico anteriormente, y para
casos en los que se trate de un suministro eventual, o para aquellos
contratos definitivos que tengan vencidos los derechos de acometida,
debiendo disponer de la infraestructura necesaria para la instalación
del preceptivo equipo de medida.
*Los suministros de luz y agua no se
ejecutarán hasta que el propietario del inmueble haya presentado
correctamente toda la documentación requerida por el Ayuntamiento para
destinar un inmueble al uso de Peña durante las próximas Fiestas de San
Juan.
Plazo solicitudes: 10 de junio.
- Documentación necesaria para la contratación de Energía
Eléctrica para las Peñas de San Juan, los interesados deberán presentar
contrato de suministro eléctrico que se realizará a nombre del
propietario o del arrendatario en caso de disponer de contrato,
certificado de instalación eléctrica por Industria (Boletín de Enganche)
en vigor,
escritura del inmueble, justificante acreditativo de la
propiedad del mismo o contrato de arrendamiento,
fotocopia del NIF,
número de cuenta para la domiciliación de los recibos,
inscripción en el
Ayuntamiento como Peña y
solicitud a la distribuidora (EMDECORIA, SLU),
para aquellos casos en los que no hayan tenido suministro eléctrico
anteriormente, para los casos en los que se trate de un suministro
eventual, o para aquellos contratos definitivos que tengan vencidos los
derechos de acometida.
Para su instalación las Peñas deberán
disponer de espacio reglamentariamente habilitado para la instalación de
equipo de medida (contador) y, deberá existir derivación individual
desde la caja general de protección hasta el equipo de medida.
Desde
la empresa EMDECORIA, se ruega realizar el trámite a la mayor brevedad
posible para garantizar que todas las Peñas puedan disponer de
suministro eléctrico cuanto antes.
Horario de las Peñas
Los
participantes observarán un comportamiento cívico correcto, no
molestando a los vecinos y visitantes con sus actos, teniendo en cuenta
que las Fiestas dan comienzo del 23 al 28 de Junio y, para compaginar la
diversión con el derecho al descanso de los vecinos, se respetarán los
siguientes horarios:
A) DENTRO DEL RECINTO AMURALLADO.
Horario
de Música:
No se permitirá el funcionamiento de aparatos de música
desde las 07:00 h. hasta las 12:00 h., ni desde las 15:00 h. hasta las
18:00 h., ni el exceso de decibelios durante o tras de la celebración de
los festejos taurinos.
B) FUERA DEL RECINTO AMURALLADO.
Horario
de Música:
No se permitirá el funcionamiento de aparatos de música
desde las 04:00 h. hasta las 12:00 h., ni desde las 15:00 h. hasta las
18:00 h., ni el exceso de decibelios durante o tras la celebración de
los festejos taurinos.
Aquellas Peñas que no respeten la
Normativa vigente, así como los horarios establecidos, serán
sancionadas, llegando a ser clausuradas, en caso de reincidencia, por
parte de la Policía Local.
Publicaciones anteriores:
Boletín Oficial Provincial Nº 0158. Lunes, 17 de agosto de 2020 Sección I - Administración Local Ayuntamientos Ayuntamiento de Coria ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación Ordenanza Reguladora n.º 8.
El art. 14 queda redactado con el texto que sigue:
Artículo 14. Contratación de reses, eventos y espectáculos. El/la Abanderado/a Oficial de las Fiestas, siguiendo los trámites legales procedentes, será el/la encargado/a de contratar exclusivamente, tanto la compra de las reses bravas de titularidad municipal, caso de los toros y las paradas de bueyes (de traslado y de encierro), así como de la Vaca de la Rana y del Novillo de Promoción Juvenil, en caso de que ninguna peña, asociación o empresa se hiciesen cargo de su patrocinio, y en cuya partida se anexará también la facturación del/a asesor/a taurino/a ganadero/a convenido más los gastos de los desplazamientos y las dietas emanados de las visitas a las distintas ganaderías concertadas, además de los diferentes espectáculos culturales o musicales, charanga, cohetes y pirotecnia, pañuelos, fajines y divisas, junto a los gastos derivados de las organizaciones de la Subasta del Libro y Programa Oficial de Fiestas, incluida su edición e impresión, del Corpus Christi, de la Procesión de San Juan y de la tradicional Quema del Capazo a celebrarse con motivo de las Fiestas de San Juan, ajustándose al presupuesto aprobado y acompañándose, para su fiscalización posterior, todos los contratos y las facturas normalizadas e individualizadas correspondientes a dicho capítulo específico contenido dentro de los presupuestos generales municipales. Unas disposiciones fiscales de responsabilidad presupuestaria que conllevarán, implícitamente, en el caso de sobrepasar dichos/as Abanderados/as Oficiales de las Fiestas en un 5% la partida presupuestaria correspondiente a los gastos anteriormente citados e incluidos dentro de su capítulo específico de cuentas, el abono o sufrago de los costes contabilizados excedidos mediante su retribución con fondos propios de su renta personal.
El apartado 6 del art. 26 queda redactado con el texto que sigue:
6. Los/las colaboradores/as voluntarios/as Auxiliares de Lidia y de Encierro estarán facultados/as durante el desarrollo de los festejos taurinos tradicionales para retirar del recorrido o recinto taurino y poner a disposición del/a Presidente/a de los Festejos, Delegado/a Gubernativo/a o Agentes de la Autoridad a cualquier persona que infrinja lo previsto en esta Ordenanza y en el Reglamento de Festejos Taurinos Populares de Extremadura o norma que lo complemente o sustituya, o las instrucciones impartidas por parte de los/las mismos/as sobre el desarrollo de los festejos taurinos tradicionales celebrados durante las Fiestas de San Juan.
El art. 35 queda redactado con el texto que sigue:
Artículo 35. Medios prohibidos para lidiar a las reses.
1. No se podrá citar, cortar, recortar, quebrar o rodar a las reses utilizando engaños, tales como prendas de vestir, paraguas, cartones o elementos similares.
2. Además, al objeto de garantizar la defensa, proteger la integridad y salvaguardar las facultades físicas de las reses bravas con el fin de evitarles posibles lesiones a los animales, quedan terminantemente prohibidas las suertes de recortar, cortar, quebrar y rodar a cuerpo limpio a los astados corridos en los encierros, y, especialmente, rodar sobre su propio eje, una o repetidas veces durante la misma acción, a los lidiados por las calles y plazas del Casco Antiguo y Urbano de los recintos taurinos, salvo que sea considerada justificadamente su práctica en los siguientes casos:
a) Cuando cualquiera de estas suertes o lances se realicen o practiquen en el coso arenado de la Plaza de Toros.
b) Cuando única y exclusivamente las suertes o lances de recortar, cortar y quebrar se realicen a los toros y resto de reses bravas para que estos se desplacen o correteen por los recintos taurinos.
c) Cuando cualquiera de las anteriores suertes o lances eviten una cogida, percance o situación de peligro del/a propio/a corredor/a o de otros/as participantes radicados en los recintos taurinos.
d) Cuando las citadas suertes o lances se practiquen para favorecer la evacuación de algún/a herido/a que se halle en las inmediaciones y se haga inevitable el traslado urgente del mismo.
Unas medidas preventivas que, sin perjuicio de las sanciones o responsabilidades a que hubiera lugar, tienen como finalidad fomentar y conservar la tradición de las Fiestas de San Juan consistente, desde tiempos inmemoriales, en tirar, provocando la arrancada, y correr, bien delante o detrás, los toros a cuerpo limpio con el fin de cambiarlos voluntariamente de terreno al objeto de que se desplacen por las calles del recinto taurino amurallado de Coria, así como de:
a) Evitar el maltrato de los animales derivado de las lesiones por cojeras y/o desgastes que dichos lances, anteriormente enunciados, provocan en las extremidades o las pezuñas de las reses producto, en parte, de la rugosidad del pavimento de las vías públicas.
b) Evitar el desengaño y, por consiguiente, la falta de movilidad de las reses ante la dificultad de adherencia y su constante resbalado sobre dichos pavimentos urbanos.
El apartado 1.a) del art. 82 (Infracciones muy graves) queda redactado con el texto que sigue
1. a) Maltratar a las reses o citarlas, cortarlas, recortarlas y quebrarlas y rodarlas en los encierros e igualmente rodarlas durante la lidia por las calle del Casco Antiguo y Urbano, y en el resto de la lidia utilizar engaños, tales como prendas de vestir, paraguas, cartones o elementos similares, causándoles lesiones que las invaliden para la lidia.
El apartado 2.a) del art. 82 (Infracciones graves) queda redactado con el texto que sigue:
b) Maltratar a las reses o citarlas, cortarlas, recortarlas y quebrarlas y rodarlas en los encierros e igualmente rodarlas durante la lidia por las calle del Casco Antiguo y Urbano, y en el resto de la lidia utilizar engaños, tales como prendas de vestir, paraguas, cartones o elementos similares, causándoles lesiones que no las invaliden para la lidia.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del indicado texto legal, se podrá interponer por las personas interesadas recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Coria, 12 de agosto de 2020. Almudena Domingo Pirrongelli. ALCALDESA-PRESIDENTA ACCTAL. Pág. 11836 CVE: BOP-2020-3119Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Pág. 11837
Como es tradicional, la Junta de Defensa, la peña Juventud Cauriense y la peña El 27 desplegaron sus directivos para captar los socios, que son imprescindibles para el desarrollo correcto de las Fiestas de San Juan 2022.
La Asociación-Peña La Geta se financia con sus fondos aportados por los socios permamentes, con esos ingresos compra un toro. Igualmente la Junta de Defensa y las peñas citadas compran toros (2 la JD, 1 la JC, 1 El 27); la JD y la JC ofrecen comidas a sus socios en sus días respectivos (25 y 26 de junio); además, la JC organiza actividades para niños y jóvenes el día 26.
También aprovechamos para entrevistar a los abanderados y que nos contaran sus vicisitudes en estos tres años, dos de ellos paralizados por la COVID-19. Los vídeos se publicarán en breve.
> Al final, los dos videos.
Al asombrerao y al engetao no los pudimos localizar, haremos las entrevistas próximamente.